En España la ley establece que puede desgravarse en hacienda el dinero destinado al pago de una hipoteca, siempre y cuando se cumpla con el requisito de destinar el dinero del préstamo a la compra de una vivienda de uso habitual, pudiéndose además deducir el monto pagado por rehabilitación o ampliación de la vivienda propia. Teniendo en cuenta estas disposiciones queda claro que la amortización de la hipoteca y su desgravación además de posibles son situaciones que benefician a los deudores.

Según las estadísticas la compra de una vivienda en el 90% de los casos se hace o bien a través de un ahorro, anterior a la firma de la escritura de compra-venta o por medio de un préstamo hipotecario.

La ley, ha creado para ellos los elementos necesarios para que la amortización de la hipoteca y su desgravación corran paralelas beneficiando a todos estos usuarios.

Amortización de la hipoteca y su desgravación: beneficios adicionales de esta alternativa

La amortización de la hipoteca y su desgravación representan un beneficio para los deudores ya que el importe a deducir en su declaración jurada de ganancias llegará a un porcentaje especificado por la ley y un monto anual máximo en euros por año y por persona o vivienda familiar en caso de declaraciones conjuntas.

El sistema de amortización de la hipoteca y su desgravación se lleva a cabo por medio de un depósito en una cuenta vivienda o bien puede entregarse al promotor-constructor del inmueble.

En el caso de los créditos hipotecarios el deudor puede deducir hasta un 20% de los montos pagados por la hipoteca hasta una suma establecida por ley en donde se encuentran incluidos los intereses y las amortizaciones del capital que ya se han hecho.


La amortización de la hipoteca y su desgravación van de la mano pero ésta última debe cumplir ciertos requisitos como por ejemplo que el inmueble adquirido por este tipo de préstamo sea habitado con carácter permanente antes de haber transcurrido un año desde la fecha de adquisición o terminación de las obras.

Además, el o los propietarios deben residir en esa vivienda durante un plazo mínimo y continuado no menor a tres años, con las excepciones que la misma ley prevé como traslado por cuestiones laborares a otra localidad.

El sistema de amortización de la hipoteca y su desgravación que estipula ley garantiza el derecho a desgravar todo el dinero que ha sido invertido en la compra de una vivienda, como también en el caso de ahorro previo el total del monto depositado a nombre del constructor o promotor antes de la firma de la escritura de compra-venta.

También, es posible desgravar los gastos derivados de la constitución y formalización de un préstamo hipotecario, como por ejemplo los montos abonados por escrituración ante notario, registro y gestoría, además de todos los intereses que el deudor pagó en concepto de intereses y capital de la hipoteca.

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